Componente | Indicadores | MV | Evidencia |
1.1: Modelo Educativo De La Universidad | 1. La universidad cuenta con un modelo educativo en el que define su propuesta filosófica, humanística, científica, tecnológica y pedagógica respecto del proceso formativo que da sustento al desarrollo de sus procesos misionales, estratégicos y de soporte, entre otros. | MV1 Modelo Educativo de la universidad, aprobado por autoridad competente, que defina mecanismos y medios para su implementación. Contiene, como mínimo, los siguientes componentes: – Conceptualización y justificación de su propuesta educativa, incluyendo descripción del contexto en el que se sitúa. – Descripción y justificación de la organización de los estudios (niveles de enseñanza y modalidades de estudio), así como la diferenciación entre formación específica y de especialidad. – Conceptualización y desarrollo de su propuesta respecto a investigación, la responsabilidad social, cuidado del medio ambiente, los enfoques de interculturalidad, inclusión, género, entre otros. – Definición de los actores que conforman la comunidad educativa (perfil de estudiantes, egresados y docentes). – Mecanismos y medios para la implementación del modelo educativo. | Modelo educativo aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 464-2021-UNDQT/CO NOTA: Actualmente se está actualizando y haciendo modificaciones al documento antes mencionado |
Componente | Indicadores | MV | Evidencia | |
2.1. Constitución, Estructura Orgánica y Gestión: | La universidad cuenta con un estatuto inscrito en los Registros Públicos | MV1 Estatuto de la Universidad, de ser el caso, inscrito en Registros Públicos | Aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 251-2021-UNDQT/CO | |
La universidad cuenta con documentos normativos, de gestión y planificación institucional que definen: (I) Su estructura orgánica (II) Las funciones generales y específicas de todos sus órganos (III) Los perfiles de los puestos vinculados (IV) Las relaciones de dependencia y coordinación entre sus distintas instancias (V) Orientan sus acciones y recursos para la implementación, seguimiento, evaluación y logro de sus objetivos institucionales | MV1 Reglamento General de la Universidad | Actualmente en proceso de elaboración hasta la fecha cuenta con V títulos y con un total de 223 artículos, por socializar | ||
MV2 Plan Estratégico Institucional a 3 años y evidencias de cumplimiento. Para el caso de las universidades privadas éste debe contar con objetivos institucionales vinculados al modelo educativo. En caso de contar con filiales, se evidencia que son integradas dentro de la planificación institucional | Aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 190-2021-UNDQT/CO | |||
MV3 Plan Operativo Institucional Multianual (3 años) y evidencias de la ejecución de las actividades propuestas para el cumplimiento de los objetivos institucionales establecidos en el referido plan | Aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 196-2021-UNDQT/CO | |||
MV4 Plan Operativo Institucional Anual y evidencias de la ejecución de las actividades propuestas para el cumplimiento de los objetivos institucionales consignados en el referido plan | Aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 195-2021-UNDQT/CO | |||
MV5 Mapa de procesos de acuerdo a la Norma Técnica N° 001-2018-PCM/SGP y sus normas sustitutorias o derogatorias | Primera fase culminada y aprobada con Resolución Presidencial N° 430-2021-UNDQT/PCO | |||
MV6 Currículo Vitae (C.V) documentado de los responsables de todas instancias vinculadas a la gestión y a la actividad académica de la universidad, según lo establecido en su normativa institucional | Se cuenta con los C.V del personal responsable | |||
MV7 Resoluciones de designación o contratos laborales o medio que acredite la vinculación con la institución, según corresponda, de los responsables de todas instancias vinculadas a la gestión y a la actividad académica de la Universidad | Se cuenta con las Resoluciones y contratos expedidas por la Institución | |||
MV8 Reglamento de Organización y Funciones, aprobado(s) por la autoridad competente, de acuerdo a los “Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las universidades públicas”, aprobado por Resolución Ministerial N°588-2019-MINEDU y sus normas sustitutorias o modificatorias. Documento(s) donde se indique el perfil de todos los puestos y cargos. Mínimamente se encuentran los perfiles de los responsables de los procesos vinculados a los componentes de las CBC | Aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 252-2021-UNDQT/CO | |||
MV9 Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), o documento que haga sus veces, que establece los puestos, la valorización de estos y el presupuesto asignado a cada uno | La UNDQT cuenta con el Manual de Clasificador de cargos culminado a la fecha y aprobado con Resolución Presidencial N° 519-2021-UNDQT/PCO | |||
2.2. Financiamiento y sostenibilidad: | La universidad tiene un presupuesto elaborado en concordancia con la normativa vigente del sistema del Estado y en el marco del proceso de la programación multianual. Asimismo, cuenta con reportes de ejecución, que incluyen aspectos de investigación, responsabilidad social universitaria, priorización y eficiencia | MV1 Presupuesto Institucional detallado, elaborado acorde a la normativa de los sistemas administrativos del Estado, incluir como mínimo el siguiente detalle: Presupuesto de planilla de docentes, planilla administrativa, investigación, infraestructura física y tecnológica, mantenimiento, Bienestar Estudiantil y Responsabilidad Social Universitaria. Así mismo, debe presentar la ejecución del mismo tanto de los tres (03) años previos a la solicitud y del año corriente | Aprobado con Resolución Presidencial N° 623-2021-UNDQT/PCO | |
2.3. Gobierno Universitario: | La universidad cuenta con autoridades e integrantes idóneos para el ejercicio de sus funciones | MV1 Declaración Jurada de los miembros que participan del gobierno de la universidad de no encontrarse inscrito en el REDERECI, REDAM, no haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada, no haber sido condenado o estar procesado por los delitos a los que se refiere la Ley N° 29988 y sus modificatorias | ||
MV2 Declaración jurada de intereses de los miembros que participan del gobierno de la universidad, de forma que se evidencie en caso tengan intereses económicos, financieros, profesionales, empresariales u otros que pudieran interferir en el ejercicio de sus funciones o en la toma de las decisiones propias de su condición | ||||
La universidad cuenta con políticas, mecanismos y procedimientos que definen y regulan la actuación de los integrantes de los órganos de gobierno | MV1 Política, Plan o Código de Buen Gobierno que define la actuación de los órganos de gobierno en las siguientes materias: (i) Principios, valores, comportamiento ético y manejo de conflicto de intereses. (ii) Control interno y gestión de riesgos. (iii) Relacionamiento con la comunidad universitaria. (iv) Transparencia universitaria. Mecanismos o procedimientos de atención de denuncias de actos irregulares, de corrupción y de hostigamiento sexual, de acuerdo con la normativa vigente | Actualmente, está en proceso de elaboración la Política de Buen Gobierno de acuerdo a la estructura del MV1 |
Componente | Indicadores | MV | Evidencia | |
3.1. Justificación de la oferta propuesta: | La oferta académica propuesta por la universidad se encuentra fundamentada sobre la base de estudios empíricos oficiales, confiables y verificables y teóricos, que justifican su pertinencia económica, social, cultural o académica en el área de influencia | MV1 Estudios que cuenten con una base teórica y metodología verificable y con datos provenientes de fuentes primarias o secundarias. Deben tener, como mínimo, el siguiente contenido: (I) Estudio de demanda laboral (potencial e insatisfecha) (II) Estudio de oferta formativa similar existente en el área de influencia. Para ello, presenta previamente una justificación sobre la determinación de su área de influencia (III) Justificación de la pertinencia social y cultural de la propuesta (o pertinencia con las políticas nacionales, internacionales o regionales) (IV) Justificación sobre la existencia de referentes en el ámbito nacional e internacional en torno a la propuesta académica (V) De ser el caso, pertinencia de la modalidad semi-presencial de acuerdo a la infraestructura digital del área de influencia y los fines del programa | Se aprobó en Sesión de Comisión Organizadora contrata de una consultoría para realizar el estudio de demanda laboral y oferta académica | |
3.2. Propuesta curricular: | La universidad cuenta con normativa que regula los mecanismos y procesos de selección y admisión de sus estudiantes, a través de concurso público, para sus modalidades de ingreso y niveles de enseñanza, de acuerdo a lo que al respecto estipula la Ley Universitaria | MV1 Reglamento de admisión, aprobado por la autoridad competente. Establece como mínimo: (I) Requisitos para la admisión por modalidad de ingreso y de enseñanza (II) Procedimientos y mecanismos del proceso admisión por modalidad de ingreso y de enseñanza | Se cuenta con reglamento de Admisión, aprobado con Resolución Presidencial N° 044-2021-UNDQT/PCO NOTA: Actualmente se está actualizando y haciendo modificaciones al reglamento de admisión para ser aprobado en Sesión de Comisión Organizadora de acuerdo al INFORME N° 2021-UNDQT-VPA | |
Todos los programas académicos que propone ofrecer la universidad cuentan con documentos que planifican, estructuran y definen el proceso formativo de los estudiantes. Estos documentos estás alineados a su modelo educativo | MV1 Formato de Licenciamiento 02 donde se declara todos los programas académicos que propone ofrecer la universidad. Si la universidad cuenta con segundas especialidades debe presentar, adicionalmente, el Formato de Licenciamiento 02.1. Los formatos deben estar firmados por el representante legal de la universidad | |||
MV2 Resolución de creación de todos sus programas académicos, que debe detallar la denominación del programa, el grado y título que otorga según nivel de enseñanza, la modalidad de enseñanza y la sede o local donde será impartido | El medio de verificación hace referencia a las “Resoluciones de creación de todos los programas académicos, que deben detallar la denominación del programa, el grado y título que otorga según el nivel de enseñanza, la modalidad de enseñanza y la Sede o Local donde será impartido”, el cual tiene un porcentaje de avance del 100%. Por lo que, se adjunta: · Resolución Directoral N° 22-CE-ESABAC-88, donde se autoriza el funcionamiento de la Filial de la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” de Cusco, en la localidad de Checacupe, Provincia de Canchis. · Resolución Directoral N° 182-DG-ESABAC-90, en el que se autoriza el funcionamiento de la Filial de la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” de Cusco, en la ciudad de Calca. · Resolución Directoral N° 026-2005-ESABAC-CE, donde se autoriza la creación de la especialidad de Dibujo y Pintura, del Departamento Académico de Formación Artística Profesional en la Filial de Calca de la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” de Cusco. · Resolución N° 0375-2021-ANR; donde se declara que la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” del Cusco ha reactuado el plan de estudios de carreras profesionales que imparte. · Resolución de Comisión Organizadora N° 427-2019-UNDQT/PCO, en el que aprueba el Plan de Estudios – Estructura Curricular del año 2019 | |||
MV3 “Planes de estudios o planes curriculares de todos los programas académicos propuestos, con resolución de aprobación por autoridad competente. Estos deben incluir, como mínimo, los siguientes componentes: (I) Denominación del programa, incluyendo menciones de ser el caso, y objetivos generales. La denominación se avala en referentes académicas nacionales o internacionales y es coherente con la naturaleza del campo de conocimiento al que pertenece (II) Perfil del estudiante y del graduado o egresado. El perfil responde a la justificación del programa. Se evidencia que la ruta formativa (cursos-malla curricular) planteada permite el cumplimiento del perfil (III) Modalidad de enseñanza (IV) Métodos de enseñanza teórico-prácticos y de evaluación de los estudiantes. Se encuentran alineados al Modelo Educativo. Se evidencia que el programa responde a fundamentaciones teóricas y metodológicas, coherentes con el campo profesional, tecnológico o técnico en el que se inserta. Se justifica el modo en que los cursos y su organización recogen tales fundamentaciones (I) Malla curricular (II) Sumilla de cada asignatura (descripción y justificación referente al perfil o a lo estipulado en el indicador 11), según su contenido teórico o práctico. Se precisa: los créditos; si es general, específico o de especialidad; si se dictara en presencial, semipresencial o a distancia; electivo u obligatorio; las horas por semestre o por semana (tanto teóricas como prácticas) y la codificación que utilice cada uno de ellos. Además, se señala los resultados de aprendizajes que se esperan adquirir (pudiéndose señalar si estas se logran en conjunto con otros cursos) (III) Recursos indispensables para desarrollo de asignaturas (tipo de talleres y laboratorios, de corresponder) (IV) En caso corresponda, exigencia y duración de prácticas preprofesionales (V) Grados y títulos que otorga (VI) Mecanismos para la enseñanza de un idioma extranjero o lengua nativa según lo establecido en la Ley universitaria (VII) Describe las estrategias dentro del currículo para el desarrollo de aprendizajes vinculadas a la investigación (VIII) Se presenta la descripción de los procedimientos de consulta tanto internos como externos que se han realizado para elaborar los planes de estudios En caso, se otorgue certificaciones progresivas, además se debe incluir: I) Las Certificaciones progresivas que otorga el programa II) se justifica cómo la ruta formativa (cursos, talleres u otros espacios de aprendizaje) conduce al desarrollo de la competencia profesional del módulo y el tipo de proyecto que permitiría evidenciar el desarrollo de tal competencia III) se cuenta con normativa que defina la ruta y requisitos para la adquisición del certificado. En esta, se define la forma en que se elaborara y sustentará el proyecto que demuestre la competencia alcanzada En caso que contenga menciones, se presenta: I) La justificación de la inclusión de las mismas II) El perfil específico que se lograrían con esa mención y la ruta formativa para desarrollarlos (cursos, módulos, creditaje).” | 1: Estructura Curricular 2019 – Plan De Estudios, aprobado con Resolución De Comisión Organizadora N° 427-2019 UNDQT de fecha 10 de octubre del 2019 2: Se cuenta con 07 talleres solo en la sede de Calca 3: Se expidió 68 titulos del 2018 al 2020 II 4: Se cuenta con el Reglamento de Grados y Títulos aprobado con Resolución N° 259-2020-UNDQT/CO 5: Se desarrolló con el área de Investigación, con la propuesta del Dr. Enrique León Maristany. En base al plan de estudios 2019 de la UNDQT Se tubo sendas reuniones con Docentes de la UNDQT. Presentaron silabus, fichas y sesiones de aprendizajes. Se comprueba que se ha logrado lo previsto en términos cognitivos, procedimentales y actitudinales, simultáneamente. Falta consulta externa | |||
MV4 Documento que detalle el perfil de docente por cada asignatura, consignando mínimamente el nivel académico, experiencia profesional y/o de investigación (en caso de asignaturas vinculadas a la investigación) Esta información puede estar contenida en el Plan de estudios o curricular de la universidad | ||||
MV5 Formato de Licenciamiento 03 de malla curricular y análisis de créditos académicos por programa. El formato debe estar firmado por el representante de la universidad | Se cuenta con la malla curricular incluido en el Plan de Estudios NOTA Falta adecuarlo al formato SUNEDU | |||
3.3. Infraestructura física: | Todos los locales de la universidad (conducentes a grado académico y donde se brinden servicios complementarios) cuentan, según corresponda, con título de propiedad, contrato vigente de arrendamiento, o convenio de cesión de uso vigente | MV1 Formato de Licenciamiento 04 que contiene el listado de todos los locales declarados por la universidad y sobre los cuales ejerce pleno derecho de uso para brindar ininterrumpidamente servicios educativos conducentes a grado y servicios complementarios. El formato debe estar firmado por el representante de la universidad | ||
MV2 Títulos de propiedad, contrato de arrendamiento o documento de cesión o afectación de uso —registrados en Sunarp— que detalle vigencia, de todos los locales de la universidad, según sea el caso. Para el caso de los títulos de propiedad y contratos de arrendamiento, se debe adjuntar el número de la partida y la oficina registral a la cual pertenece. Se debe asegurar el derecho real por al menos cinco (5) años, respecto a la totalidad del inmueble destinado a la prestación del servicio | Actualmente la Sede Central de Marques y la de Pumacurco, se solicitó transferencia de estos dos predios a la Dirección General de Infraestructura Educativa La Sede Desconcentrada de Calca, cuenta con Título de Propiedad La Sede Desconcentrada de Checacupe, cuenta con Título de Propiedad | |||
“Todos los locales de la universidad (conducentes a grado académico y donde se brinden servicios complementarios) cuentan con capacidad adecuada al espacio físico, cumplen las condiciones de seguridad y de uso, tienen compatibilidad de uso, y son aptas para atender la demanda de los programas académicos. Estos locales cuentan con ambientes destinados al desarrollo de sus funciones (formación y docencia, investigación, servicios complementarios), como aulas, laboratorios y talleres equipados, ambientes para docentes, áreas de actividades deportivas, sociales, de recreación, áreas verdes, espacios libres, entre otros. Asimismo, la universidad cuenta con instrumentos normativos y de gestión que aseguren el mantenimiento sostenido de su infraestructura, equipamiento y mobiliario.” | MV1 “Informe descriptivo del estado actual de la Infraestructura, equipamiento y mobiliario institucional, que incluye a todos los locales de la universidad. Este debe contener, como mínimo: (I) Análisis de ocupabilidad de cada local que sustente porcentaje de utilización actual de la infraestructura existente (II) Estudio técnico de cálculo de aforo de cada local elaborado por un arquitecto o ingeniero colegiado y habilitado, en correspondencia con certificado ITSE. Debe garantizarse la independencia del profesional que lo emita respecto a la Universidad (III) Memoria descriptiva que demuestra que el local es accesible para las personas con discapacidad (IV) Memoria descriptiva de los servicios básicos con los que cuenta cada local (agua potable, desagüe, telefonía, energía eléctrica, internet). Ello acompañado de contratos o recibos que acrediten la prestación efectiva, salvo en zonas donde no hubiera prestación de dichos servicios, que se declararán mecanismos sustitutorios. Debe garantizarse la exclusividad de los servicios a fin de asegurar su continuidad. “ | Se ha realizado la revisión al estado situacional de la Sede Central, Calca y Checacupe. Se realizo mantenimiento de la Sede Central Marques 03 fichas de mantenimiento de Calca están en aprobación y 01 ficha de mantenimiento de Checacupe está en contratación para la ejecución | ||
MV2 Formato de Licenciamiento 05 donde se especifica la totalidad de las siguientes unidades de infraestructura con las que cuenta en cada uno de sus locales: aulas, laboratorios, talleres, ambientes para docentes, bibliotecas y ambientes destinados a servicios complementarios. Formato de Licenciamiento 05.1 donde se especifica cada laboratorio y taller según cada programa de estudios. Los formatos deben estar firmados por el representante de la universidad Debe describirse: (I) Denominación de cada ambiente (II) Ubicación, área y aforo (III) Equipamiento, mobiliario y softwares de los que disponen en cada laboratorio y taller declarado. Formato 05.2 (IV) Cronograma u horario de atención de cada ambiente, indicando el programa de ser el caso o si es de uso compartido (V) Descripción de estos ambientes y las actividades que se realizan | Se coordinará con VPA, coordinadores de cada sede e infraestructura para el llenado del formato | |||
MV3 Plan de seguridad institucional que describa la gestión que realiza la universidad para garantizar la seguridad de los ocupantes de cada local. El plan debe contener, como mínimo: (I) Procedimientos y estándares para garantizar la seguridad de la comunidad universitaria durante su uso actual (II) Gestión integral para el manejo de residuos sólidos y líquidos peligrosos, y RAEE (III) Gestión para la identificación y valoración de riesgo producto del desarrollo de las actividades académicas que el local alberga (IV) Lineamientos para el manejo de la seguridad y vigilancia en cada uno de los locales (conducentes a grado académico y donde se brinden servicios complementarios) | Actualmente en proceso de elaboración de acuerdo al MV3 | |||
MV4 Plan anual institucional de mantenimiento de la infraestructura, equipamiento y mobiliario de todos los locales conducentes a grado académico (por sede y filial, si corresponde), aprobado por la autoridad competente. El plan debe detallar: (I) Actividades correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo (II) Presupuesto institucional (III) Cronograma mensual (IV) Fuentes de financiamiento (V) Responsables | Se viene desarrollando el Plan Anual de Mantenimiento de la Sede Central | |||
MV5 Política, reglamento u documento afín de carácter institucional que regule la gestión sostenida del mantenimiento de la infraestructura, equipamiento y mobiliario de la universidad. Debe incluir información sobre cómo se gestionan los recursos para el mantenimiento de la universidad, área a cargo y responsables | ||||
MV6 Informe descriptivo de las aulas, laboratorios y talleres de la universidad. El cual debe incluir: (I) Agrupamiento de talleres y laboratorios por tipología (II) Sustento de la pertinencia de la infraestructura de cada taller y laboratorio con relación a los programas académicos vinculados (III) Sustento de la pertinencia del equipamiento y mobiliario con relación a los programas académicos vinculados (IV) Sustento de la capacidad de atención de cada taller y laboratorio con relación a los programas académicos vinculados (V) Sustento del aforo de cada aula, laboratorio y taller de acuerdo al tipo de enseñanza de los programas académicos | Se desarrollará en coordinación con VPA e infraestructura | |||
MV7 Protocolos de seguridad de los laboratorios y talleres que detallan el proceso de identificación y valoración de peligros y riesgos de acuerdo con las actividades específicas que albergan cada uno | Se elaborara los protocolos de seguridad en función a las actividades específicas de cada laboratorio o taller con el que cuenta la universidad | |||
3.4. Infraestructura tecnológica: | La universidad cuenta con un plan para desarrollar sistemas integrados de información para: a) Gestión académica (registro y monitoreo de actividades académicas) b) Gestión Administrativa (registro y monitoreo de trámites asociados a lo académico) c) Gestión de acervo bibliográfico (registro y monitoreo de uso de bibliografía por todos los canales puestos a disposición de la comunidad universitaria) | MV1 Plan de implementación de los sistemas integrados de información. Este debe incluir: (I) Detalle de actividades a desarrollar (II) Cronograma (con un año de duración) (III) Presupuesto (IV) Responsables | 1: Resolución Presidencial N° 091-2021-UNDQT/PCO 2: Resolución Presidencial N° 117-2021-UNDQT/PCO 3: Resolución Presidencial N° 090-2021-UNDQT/PCO 4: Resolución Presidencial N° 075-2021-UNDQT/PCO | |
La universidad cuenta con un plan para desarrollar un repositorio académico digital, según los requerimientos de RENATI y ALICIA, en el que se alojan sus documentos de investigación como tesis, trabajos de investigación, publicaciones, entre otros | MV1 Plan de implementación de los sistemas integrados de información. Este debe incluir: (I) Detalle de actividades a desarrollar (II) Cronograma (con un año de duración) (III) Presupuesto (IV) Responsables | |||
3.5. Docentes: | Todos los docentes de la universidad cumplen con los requisitos para el ejercicio de la docencia, estipulados en la Ley universitaria. De ellos, un 25%, como mínimo, tiene como régimen de dedicación el de tiempo completo o dedicación exclusiva, quienes son preferentemente doctores y ejercen labores de docencia, investigación, gestión universitaria, asesoría académica, o proyección social. En caso corresponda, este porcentaje debe cumplirse en cada sede y filial de la universidad. Se evidencia que se cuenta con docentes para los cursos de todos los programas correspondientes a los dos primeros años | MV1 Formato de Licenciamiento 06 que contiene toda la plana docente de la universidad para los dos primeros años de funcionamiento, precisando su régimen de dedicación, categoría, programa, sede y filial a la que pertenecen, distribución horaria de dedicación a las diversas actividades según corresponda, entre otros. El formato debe estar firmado por el representante de la universidad. Se debe evidenciar que se cuenta con la plana docente para brindar los cursos de los dos primeros años de los programas y que el 25% de estos son a tiempo completo. En caso corresponda, este porcentaje debe cumplirse en cada sede y filial de la universidad. En ningún caso, podrá ser tiempo completo de otra institución ni deben contar con un tipo de carga (académica, administrativa, de investigación) en otra universidad que pueda afectar su disponibilidad efectiva y tiempo de dedicación | Actualmente se cuenta con 10 docentes ordinarios de la universidad que cumplen con los requisitos para el ejercicio de la docencia, estipulados en la Ley Universitaria, de ellos, un 25%, como mínimo, tiene como régimen de dedicación el tiempo completo | |
MV2 Listado de todos los docentes de todos los programas tomando en cuenta los dos primeros años de funcionamiento, al que debe anexarse el curriculum vitae de cada uno. Además, contratos, resoluciones de nombramiento o contratación, según corresponda, de los docentes a tiempo completo de la universidad y/o a dedicación exclusiva, tomando en cuenta para los dos primeros años de funcionamiento | En proceso | |||
La universidad regula e implementa procesos de evaluación y fortalecimiento de la carrera docente, de acuerdo a criterios meritocráticos y una lógica de resultados, con fines de ingreso, nombramiento, promoción, renovación de contratos, ratificación y separación; lo que incluye un plan de desarrollo académico para los docentes. Todos estos procesos se desarrollan de acuerdo con la Ley Universitaria y la normativa de la universidad. Los procesos tienen una orientación hacia la promoción del desarrollo profesional del cuerpo docente | MV1 Reglamentos u otros documentos normativos que regulen la gestión docente. Se regula los procesos vinculados a los docentes contratados, extraordinarios y ordinarios (nombramiento, promociones y ratificaciones), en caso corresponda. Estos medios de verificación deben adjuntar, en anexos, los instrumentos de evaluación de cada proceso. La selección debe garantizar transparencia, meritocracia y sobre todo que se realice en función de lo solicitado por el diseño curricular. Se cuenta con mecanismos para evaluar desempeño que se transformen acciones preventivas y/ o correctivas | |||
MV2 Documentos que evidencien que se ha cumplido con el proceso de selección y con la normativa correspondiente para la selección de los docentes | Se cuenta con: – Reglamento de Nombramiento, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 366-2021-UNDQT/CO – Bases de Concurso de Nombramiento, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 479-2021-UNDQT/CO – Cronograma del proceso de Nombramiento aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 481-2021-UNDQT | |||
MV3 Plan progresivo de contratación y ordinarización docente, aprobado por la autoridad competente, que tiene como mínimo un periodo de implementación a culminarse en cinco (5) años. Indica como mínimo: (I) Objetivos (II) Metas o resultados que se quieran alcanzar (III) Cronograma específico (IV) Presupuesto total y desagregado (V) Número de docentes contratados y ordinarios por categoría, grado académico y, si corresponde por sede y filial, que se incorporará (VI) Responsables (VII) Justificación del número de docentes planteados | ||||
MV4 Política de desarrollo profesional del cuerpo docente dentro de la institución y/o el programa. Mínimamente se orientan a la promoción, acceso a puestos de gestión, bonificaciones y reconocimientos | ||||
MV5 Documento donde se detalle cada uno de los programas de desarrollo académico para los docentes (programas de movilidad e intercambio, de actualización, participación en congresos, pasantías, investigación, entre otros). Se incluye mínimamente: (I) Los objetivos de cada programa (II) Descripción y justificación del programa (III) Criterios de selección, de corresponder, para el acceso a los programas (IV) Presupuesto por programa y (V) Fuentes de financiamiento (VI) Responsables, (VII) Precisión de sede y filial donde se desarrollarán, en caso corresponda | ||||
3.6. Personal no docente: | La Universidad cuenta con personal no docente calificado y a cargo de dar soporte para el inicio de las actividades académicas de todos los programas | MV1 Formato de Licenciamiento 07 que contiene la lista de personal no docente (evidenciándose que se cubre para las actividades de todos los programas) y, si corresponde, por sede y filial. El formato debe estar firmado por el representante de la universidad | ||
MV2 Curriculum vitae documentado del personal no docente a cargo de dar soporte a los programas académicos | Se cuenta con el Curriculum vitae de todo el personal administrativo en la Unidad de Recursos Humanos | |||
MV3 MOF o documento afín donde se indique el perfil del puesto del personal no docente que da soporte a los programas académicos. De haberlo presentado como MV en el indicador 3 se utilizarán dichos medios para la evaluación | Se cuenta con el Manual de Clasificador de Cargos, aprobados con Resolución de Comision Organizadora N° 500-2021-UNDQT/CO | |||
La Universidad cuenta regula e implementa procesos de evaluación y fortalecimiento para el personal no docente, con selección, reconocimiento y promoción; lo que incluye un plan de desarrollo profesional | MV1 Plan de capacitación y desarrollo profesional para el personal no docente de acuerdo a sus funciones | |||
MV2 Marco normativo de procesos de selección, evaluación de desempeño, reconocimientos y promoción del personal no docente, de acuerdo a su tipo de gestión | ||||
MV3 Documentos que evidencien que se ha cumplido con el proceso de selección y con la normativa correspondiente para la selección del personal no docente | Se cuenta con toda la documentación necesaria del personal no docente |
Componente | Indicadores | MV | Evidencia | |
4.1. Estructura Orgánica de gestión de la investigación: | La universidad cuenta con un órgano responsable de la gestión de la investigación articulado en su estructura orgánica institucional. Además, la persona a cargo de la gestión del órgano tiene grado de doctor; mientras que el resto del personal responsable cumple con los requisitos establecidos en la Ley Universitaria y en su normativa interna. Tanto la estructura como el número de personal es pertinente con la política de investigación, así como con el número de docentes investigadores | MV1 Listado y Currículo Vitae documentado de todo el personal responsable de la gestión del órgano de investigación, del diseño y ejecución de la Política General de Investigación, y del Plan de Desarrollo de la Investigación. Para la evaluación del cumplimiento de este indicador, se utilizarán también los medios de verificación solicitados en el indicador 3 en lo que corresponda | 1.- Creación del Instituto de Investigación, según el Estatuto de la Universidad 2.- Designación como director del Instituto de Investigación de la UNDQT, al Dr. Enrique Alonso León Maristany, mediante Resolución Presidencial N° 052-2020-UNDQT/PCO, de fecha 24 de febrero de 2020 | |
4.2. Desarrollo de la investigación: | La universidad cuenta con documentos normativos que definen, orientan y promueven el desarrollo de la investigación bajo principios de calidad e integridad científica. Asimismo, cuenta con instrumentos de gestión que permiten hacer seguimiento a los resultados y también a la disponibilidad de los recursos necesarios para tal fin. Estos documentos están articulados entre sí, con la normativa nacional vigente y la institucional, con el modelo educativo de la universidad y con la normativa del Concytec | MV1 Reglamento (s) o instrumentos normativos afines que regulen, a nivel institucional, los procedimientos para la realización y fomento de la investigación, el rol del docente investigador, así como la integridad científica y los derechos de propiedad intelectual. como mínimo: (I) Postulación para el desarrollo de proyectos de investigación (II) Adjudicación y monitoreo de fondos de investigación (III) Monitoreo y evaluación de proyectos de investigación (incluyendo según resultados) (IV) Procedimientos para publicaciones y difusión de la investigación (V) Procesos de selección, evaluación de desempeño, reconocimientos, incentivos y promoción de los docentes investigadores | 1.- Reglamento de Investigación, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial de Investigación Nº 318- 2019-UNDQT/VI, de fecha 16 de agosto del 2019. (actualizado a las nuevas CBC 1.5) 2.- Reglamento de Políticas y Líneas de Investigación, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 187- 2019-UNDQTC/PCO, de fecha 13 de junio del 2019. (actualizado a las nuevas CBC 1.5) 3.- Reglamento del Docente Investigador, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial Nº 550-2019- UNDQT/VI, de fecha 12 de diciembre del 2019. (se está coordinando con la ANUPP, para la elaboración de un Exp. Técnico, que considere, la naturaleza en investigación en artes, con las tres universidades de arte) | |
MV2 Reglamento (s) o instrumentos normativos afines que regulen, a nivel institucional, los procedimientos para la realización y fomento de la investigación, el rol del docente investigador, así como la integridad científica y los derechos de propiedad intelectual. como mínimo: (I) Postulación para el desarrollo de proyectos de investigación (II) Adjudicación y monitoreo de fondos de investigación (III) Monitoreo y evaluación de proyectos de investigación (incluyendo según resultados) (IV) Procedimientos para publicaciones y difusión de la investigación (V) Procesos de selección, evaluación de desempeño, reconocimientos, incentivos y promoción de los docentes investigadores | 4.-Reglamento de Incentivos a la Investigación y Producción Intelectual, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial de Investigación N° 429-2019-UNDQT/VI, de fecha 11 de octubre del 2019 5.- Implementación del Instituto de Investigación, aprobado mediante Resolución presidencial N° 364-2019-UNDQT-PCO 5.1.- Implementación de Laboratorios para Investigación 5.2.- Implementación de sala de reuniones del Instituto de Investigación 6.- Código de Ética en la Investigación Artística, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial de Investigación N° 382-2019-UNDQT/VI, de fecha 19 de septiembre del 2019. (se remitió a la consultora especialista para la validación respectiva de los instrumentos) | |||
MV3 “Documento que detalle la planificación para el desarrollo de la investigación. Contiene como mínimo: (I) Objetivos generales y específicos (II) Metas, actividades, e indicadores (III) Cronograma detallado de ejecución mensual, por el periodo de un año (IV) Responsables de ejecución para el logro de objetivos (V) Presupuesto (VI) Descripción de las fuentes de financiamiento (indicado si son internas o externas) (VII) Descripción detallada de los niveles implementación del plan (investigación centralizada o por programa), incluyendo sedes y filiales, si corresponde.” | 7.- Reglamento del Comité de Ética de Investigación, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial de Investigación Nº 137-2021-UNDQT/VPI, de fecha 09 de abril del 2021. (se remitió a la consultora especialista para la validación respectiva de los instrumentos) 8.- Reglamento de Propiedad Intelectual, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial de Investigación Nº 027-2020-UNDQT/VI, de fecha 23 de enero del 2020. (se remitió a la consultora especialista para la validación respectiva de los instrumentos) | |||
MV4 Documento de líneas de investigación y grupos de investigación que se proponen desarrollar, evidenciando que estas cuentan con líderes Renacyt. Como mínimo, debe haber líneas de investigación para cada campo específico (según el clasificador de carreras de INEI) en el que se ubiquen los programas académicos de la Universidad. Incluye: (I) Listado y definición de las líneas de investigación y grupos de investigación que se proponen desarrollar, en base a la disponibilidad de investigadores, equipamiento e infraestructura de investigación y pertinencia (II) objetivos y justificación de cada línea de investigación (III) nombres de los líderes de las líneas y de los grupos de investigación (IV) sustentación de la articulación de las líneas y grupos de investigación con los programas académicos de la universidad (V) de corresponder, sede o filial donde se desarrollan cada línea y grupo de investigación Debe evidenciarse el proceso de identificación, priorización y aprobación de las líneas de investigación, de acuerdo con la guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación-Resolución de Presidencia N° 115-2019-CONCYTEC-P | 9.- Plan de Implementación del Repositorio Institucional Digital y de Gestión Bibliotecaria 10.1 Gestor Bibliográfico OMP 10.2 Gestor de Publicaciones periódicas OJS (difusión y validación de los procesos editoriales de libros y revistas) 10.3 Implementación de repositorio de tesis 10.- Reestructuración del Reglamento del Repositorio Institucional Digital, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial N° 003-2021-UNDQT-VPI11.- Elaboración de los Lineamientos para la Asignación de Fondos Interno y No Concursables de Investigación (Pendiente de aprobación)12.- Elaboración del Plan de Fortalecimiento de la Investigación – Financiamiento para el equipamiento de Laboratorios de Investigación (Pendiente de aprobación) | |||
4.3. Docentes Investigadores: | La universidad cuenta con un cuerpo de docentes calificados y con experiencia para el desarrollo de la investigación, con categoría Renacyt, y son quienes lideran las líneas y grupos de investigación de la universidad. Estos representan al menos el 5% del total de docentes. Esto fortalecido de forma institucional a través de la implementación de instrumentos normativos y de gestión. En caso la universidad tenga más de una sede o filial, el indicador aplica a cada una de estas | MV1 Se evaluará con el MV1 del indicador 19 (Formato de Licenciamiento 06) que lista los docentes investigadores con categoría Renacyt por programa, sede y filial. Se evidencia que representan como mínimo, el 5% del total de docentes de la universidad. De ser el caso, el 5% aplica por sede o por filial | 1.- Gestión para el concurso de docentes universitarios 2.- Realización del Curso taller de derechos de autor en el ámbito académico 3.- Vinculación de investigador colaborador, categoría RENACIT, afiliado a la UNDQT 4.- Aun no existe ninguna norma que exonere como indicador contar con docentes RENACYT para Universidades de Arte, se está planteando en mesas de trabajo en conjunto con la ANUPP hacer llegar esta propuesta a SUNEDU 5.- No contamos con docentes universitarios para cumplir este medio de verificación | |
MV2 Marco normativo de incorpore los procesos de selección, evaluación de desempeño, reconocimientos, incentivos y promoción de los docentes investigadores. Se orienta a promover que los investigadores sean gestores del conocimiento, cuenten con publicaciones, y que participen en fondos concursables y pasantías de investigación | 1.- Reglamento de Incentivos a la investigación y producción artística, aprobado mediante Resolución Vicepresidencial N° 429-2019-UNDQT-VI | |||
MV3 Documentos que evidencien la implementación del proceso de selección de docentes investigadores, debiendo incluir el curriculum vitae. En caso corresponda, la evidencia debe especificar sede y filial | 1.- Elaboración de la guía de grupos de investigación 2.- Disposición del director del Instituto de Investigación para la presentación de proyectos de Investigación artístico y científico a los docentes de la UNDQT 3.- Elaboración del Esquema para la publicación de proyecto de articulo artístico, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 254-2021-UNDQT-CO | |||
MV4 Plan progresivo de incorporación de docentes investigadores con calificación Renacyt que tiene como mínimo un periodo de implementación de tres (3) años. Este plan debe contar como mínimo con: (I) objetivos (II) metas y resultados que se quieran alcanzar (III) cronograma específico (VI) presupuesto total y desagregado (V) número de docentes a incorporar según nivel y categoría Renacyt, y (VI) responsables de la ejecución del plan. De corresponder, se debe especificar la implementación a nivel de sede y filial | 1.- Falta concretar propuesta de incorporación de docentes RENACYT a universidades de arte como la UNDQT, ya que no contamos con docentes investigadores |
Componente | Indicadores | MV | Evidencia | |
5.1. Estructura orgánica para Responsabilidad Social Universitaria y para Bienestar Universitario: | La universidad cuenta con un órgano responsable de la gestión de la Responsabilidad Social Universitaria y del Bienestar Universitario a nivel institucional, y con personal a cargo que cumple con los requisitos establecidos en su normativa interna | MV1 Este indicador se evaluará con los medios de verificación solicitados en el indicador 3 respecto al personal a cargo del órgano | PROYECCIÓN SOCIAL, EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL (1) La oficina de proyección Social está a cargo del Art. Yuri Samuel Núñez Trujillo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 231-2021-UNDQT/PCO (2) La Oficina de Bienestar Universitario está a cargo del Art. Juan Challco Chura, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N° 347-2021-UNDQT/CO | |
5.2. Desarrollo de la Responsabilidad Social Universitaria (RSU) | La universidad cuenta con documentos normativos y de gestión de alcance institucional que definen, orientan y promueven el desarrollo de la RSU. Estos documentos están articulados entre sí, con la normativa nacional vigente y con el modelo educativo de la universidad | MV1 Documento aprobado por la autoridad competente que defina la política general de RSU, enmarcada en la Ley universitaria y el modelo educativo de la universidad | En el caso de universidades públicas se garantiza que se destina el 2% del presupuesto institucional anual, a la responsabilidad social universitaria; y en el caso de las universidades privadas se garantiza que se destina a esta materia el 2% de los ingresos | |
MV2 Plan de desarrollo de RSU con fuentes de financiamiento, responsables de ejecución, metas y plazos | ||||
MV3 Marco normativo para la RSU (ejecución, reconocimiento, monitoreo, beneficiarios, impacto, etc.) | ||||
MV4 Reglamento(s) o instrumento(s) normativo(s) afines que regule(n) objetivos, desarrollo y el acceso de los servicios y programas de bienestar universitario. Puede ser incorporada en la normativa general de la Universidad | ||||
MV5 En el caso de universidades públicas se garantiza que se destina el 2% del presupuesto institucional anual, a la responsabilidad social universitaria; y en el caso de las universidades privadas se garantiza que se destina a esta materia el 2% de los ingresos | ||||
5.3. Bienestar Universitario: | La universidad cuenta con documentos normativos y de gestión de alcance institucional que organizan el desarrollo, acceso y la continuidad de los servicios y programas de bienestar universitario para todos sus estudiantes (de todos los niveles, programas académicos y locales). Estos instrumentos están articulados entre sí y con su normativa interna | MV1 Reglamento(s) o instrumento(s) normativo(s) afines que regule(n) objetivos, desarrollo y el acceso de los servicios y programas de bienestar universitario. Puede ser incorporada en la normativa general de la Universidad. La universidad garantiza el acceso a los siguientes programas y servicios de bienestar: 1. Programa de becas por situación económica, rendimiento académico y rendimiento deportivo 2. Servicio de salud 3. Servicio psicopedagógico 4. Programa de prevención e intervención en casos de acoso sexual 5. Programa de alimentación saludable 6. Programa de inserción laboral y seguimiento al egresado 7. Programa deportivo de formación-recreación 8. Programa Deportivo de Alta Competencia (PRODAC) 9. Programa de actividades artísticas y culturales 10. Programa de atención a la diversidad 11. Programa de acceso, permanencia y acompañamiento (servicio social) | Actualmente el Reglamento de Bienestar Universitario se encuentra en proceso de levantamiento de observaciones para su socialización y aprobación bajo acto resolutivo. así mismo está en proceso de elaboración de los siguientes servicios y programas de acuerdo al MV1 1. Reglamento de becas por situación económica, rendimiento académico y rendimiento deportivo 2. Reglamento de Servicio de salud 3. Reglamento de Servicio psicopedagógico 4. Reglamento del Programa de prevención e intervención en casos de acoso sexual 5. Reglamento del Programa de alimentación saludable 6. Reglamento del Reglamento Programa de inserción laboral y seguimiento al egresado 7. Reglamento del Programa deportivo de formación-recreación 8. Reglamento del Programa Deportivo de Alta Competencia (PRODAC) 9. Reglamento del Programa de actividades artísticas y culturales | |
MV2 Política(s) de bienestar con planificación para el desarrollo progresivo de cada servicio y programa, aprobado por autoridad competente. Esta última puede ser comprendida en los medios de verificación del indicador 3 en lo que corresponda. El periodo de aplicación de la planificación es de un (1) año académico. Contiene, como mínimo, los siguientes componentes: (I) Objetivos generales y específicos (II) Descripción de actividades, indicadores y metas objetivas (III) Cronograma mensual. La temporalidad es consistente con los instrumentos de planificación institucional (IV) Presupuesto (V) Fuentes de financiamiento (VI) Responsables de su implementación |
Componente | Indicadores | MV | Evidencia |
6.1. Transparencia: | La universidad cuenta con un marco normativo que orienta y promueve la transparencia y acceso a la información pública con observancia de las normas de protección de datos personales y de la seguridad de la información. Asimismo, cuenta con procesos y mecanismos para la gestión, presentación y publicación de la información | MV1 Reglamento o instrumento normativo que regula la transparencia y acceso a la información pública, así como los procesos y mecanismos para la gestión, presentación y publicación de la misma, los cuales deben ser interoperables con el Sistema de Información Universitaria de Sunedu | |
MV2 Evidencias del cumplimiento de la normativa correspondiente al ejercicio de las funciones del área y de la selección del personal responsable de atender los requerimientos de información de carácter institucional. Se complementará la evaluación con los medios de verificación del indicador 3 en lo que corresponda | |||
MV3 El portal web institucional (I) Contiene la información exigida en la Ley Universitaria y normativa aplicable de forma permanente y actualizada (II) Incorpora información en lengua originaria (en caso corresponda) (III) Tiene opciones de acceso para personas con algún tipo de discapacidad, que pueda limitar su acceso a la información (IV) Debe ser interoperable con el Sistema de Información Universitaria de Sunedu |